¿Conoces las novedades legales para el Régimen Hogar?

Salario Mínimo y nuevas Bases de Cotización Empleados del Hogar 2023

¿Cumples con el nuevo SMI para 2023? ¿Conoces las nuevas bonificaciones?

2023 está cargado de novedades para el Régimen del Hogar.

El Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023, establece 1.080€ brutos mensuales en 14 pagas, hasta los 15.120€ brutos anuales.

Actualmente, todo trabajador contratado a jornada completa, incluidos los Empleados del Hogar, deberán percibir como mínimo 1.080€ brutos al mes en 14 pagas o lo que es lo mismo, 1.260€ brutos en 12 pagas.

El Real Decreto establece que los trabajadores por horas cobrarán 8,45€/h, incluyendo la prorrata de las pagas extras, festivos y vacaciones.

Por otro lado, desde el 1 de enero de 2023, las bases de cotización por contingencias comunes a este sistema especial serán las determinadas en la escala siguiente, en función de la retribución percibida por los empleados de hogar por cada relación laboral.

Durante este año 2023 los tipos de cotización serán los siguientes:

  • Contingencias comunes

Será el 28,30 por ciento, siendo el 23,60 por ciento a cargo del empleador y el 4,70 por ciento a cargo del empleado.

  • Contingencias profesionales

La cuota resultante a cargo exclusivo del empleador, siendo 1,50%.

  • Desempleo

Los tipos de cotización por desempleo serán, a partir del 1 de enero de 2023, los siguientes:

  1. Contratación indefinida: 7,05 por ciento, del que el 5,5 por ciento será a cargo del empleador y el 1,55 por ciento, a cargo del empleado.
  2. Contratación de duración determinada: 8,30 por ciento, del que el 6,70 por ciento será a cargo del empleador y el 1,60 por ciento, a cargo del empleado.
  • Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El tipo de cotización al Fondo de Garantía Salaria será del 0,2 a cargo exclusivo del empleador.

  • Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI)

Para el mecanismo de equidad intergeneracional, el 0,6 por ciento aplicable sobre la base de cotización por contingencias comunes, del que el 0,5 por ciento será a cargo del empleador y el 0,1 por ciento, a cargo del empleado.

Otra de las novedades para este año son las bonificaciones en las cuotas:

  • Se mantiene la bonificación del 20% en altas nuevas a contratos anteriores a 1 de abril de 2023
  • La bonificación del 45% por familia numerosa se mantiene en contratos anteriores a 1 de abril de 2023. Además, se amplía para aquellos contratos a cuidadores de familias numerosas entre 1 de abril de 2023 y 10 de mayo de 2023.
  • Ambas bonificaciones NO son compatibles entre ellas, pero en ambas se aplicarán la bonificación del 80% de desempleo y FOGASA.
  • NUEVAS bonificaciones del 30% o 45% según patrimonio y/o renta se aplaza hasta abril de 2024, está pendiente de publicar requisitos de aplicación.
  • Los contratos desde 1 de abril de 2023 serán bonificados en desempleo y FOGASA el 80%, el resto de bonificaciones se suspenden y quedará pendiente la nueva regulación del 30% y 45% según patrimonio y/o renta.

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